Ayuntamiento España > Expatriados > Certificado o Alta Consular: ¿Cómo llevarla a cabo?

PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

Todos los ciudadanos españoles que residan en el extranjero deben contar con un Certificado Consular o Matrícula Consular. Con este documento las personas podrán acceder a diversos trámites en los países en los que se encuentren. Dependiendo el tipo de residencia cambiará la manera de solicitarlo, te contamos todo lo que tenés que saber en este artículo.

Certificado o Alta Consular

¿Qué es el Certificado Consular?

El Certificado Consular o Matrícula Consular es un documento que deben tramitar los ciudadanos españoles que necesiten acreditar su identidad y nacionalidad ante las autoridades del país en donde están residiendo. Para hacerlo es importante darse de alta en el Registro de Matrícula Consular para realizar cualquier trámite ante esta Sección Consular.

¿Para qué sirve?

El Certificado Consular sirve para distintos trámites para ciudadanos españoles que viven en el exterior. La inscripción consular les permitirá, entre otras cosas, renovar su documentación, acreditar que son residentes en el extranjero, solicitar asistencia consular en situaciones de necesidad y participar en los procesos electorales que se convoquen en España, a excepción de las elecciones municipales. Se trata de un trámite gratuito.

¿Quiénes pueden solicitarlo?

A la hora de solicitar el Certificado Consular va a depender el tipo de residencia en el exterior de los ciudadanos españoles. En caso de que hayan establecido su residencia habitual en el extranjero deben inscribirse obligatoriamente como residentes en el Registro de Matrícula Consular. En el caso de residencias temporales no es obligatorio aunque sí muy recomendable hacerlo.

Alta para residentes

Los ciudadanos españoles que establecieron su residencia en el extranjero tienen la obligación de realizar la matrícula consular. Al hacerlo estarán inscriptos en el Padrón de Españoles Residentes en el extranjero (PERE) y quedará suspendido el lugar de residencia anterior. Los mayores de 18 años que realicen el trámite quedarán automáticamente inscritos en el Censo de Españoles Residentes Ausentes (CERA), importante para el censo electoral.

Documentación a presentar para residentes

Los españoles residentes en el extranjero deberán presentar una serie de documentos para realizar la inscripción consular. Deberán presentarse en el Consulado Español en el país de residencia y cumplir los siguientes requisitos:

  • • Completar el Formulario de Solicitud de Inscripción como residente, deberá estar firmado por el solicitante o por uno de sus progenitores o tutores, en el caso de menor de edad o persona incapacitada.
  • • Rellenar el Formulario de declaración explicativa de elección de municipio a efectos electorales, firmado por el solicitante o por uno de sus progenitores o tutores.
  • • Una fotocopia del DNI, en caso de tenerlo, o del Pasaporte español o, en su defecto, partida de nacimiento expedida por el Registro Civil español.
  • Prueba de residencia en el país. Puede ser la Cédula del país en donde está residiendo, un permiso de residencia, un contrato de trabajo o de alquiler, también se puede presentar un certificado de vida residencia por parte de la policía local.
  • Una fotografía tamaño carnet (el fondo debe ser blanco, debe ser reciente y se debe observar todo el rostro de la persona.
  • • En caso de inscribir menores de edad será necesaria una fotocopia del Libro de Familia.

Una vez completada la documentación es importante concretar una cita previa a través del sitio de consulta consular. La cita es por persona y por trámite, por lo que se recomienda solicitarla con anticipación.

Alta para no residentes

En el caso de los españoles que vayan a residir temporalmente en otro país pueden inscribirse como no residentes en el Registro de Matrícula Consular. No es obligatorio hacerlo aunque las autoridades españolas lo recomiendan. El alta no produce la baja en el padrón donde estaba anotado el Ciudadano anteriormente. Se puede mantener el alta como no residente durante el tiempo máximo de un año.

Documentación para no residentes

En el caso de los no residentes, la documentación a presentar es menor.

  • • Completar el Formulario de inscripción como no residente, que deberá ser rellenado y firmado por el solicitante o por uno de sus progenitores o tutores si el caso lo amerita.
  • • Una fotocopia del DNI, si lo tiene, o del pasaporte español o, en su defecto, Partida literal de Nacimiento emitida por el Registro Civil español.
  • • Una Fotografía tamaño carnet (en color, reciente, hecha de frente, sobre fondo blanco, sin gafas oscuras ni prendas que dificulten la identificación).
  • • Al tener toda la documentación, el mecanismo es igual que para los residentes. Se debe concretar una cita previa a través del sitio de consulta consular. La cita es por persona y por trámite, por lo que se recomienda solicitarla con anticipación.

¿Qué vigencia tiene?

La vigencia de la matrícula consular será hasta que la persona regrese a España o se traslade a otra demarcación consular. En estos casos se debe solicitar la Baja de la Inscripción en este Registro de Matrícula Consular enviando correo electrónico al consulado donde el ciudadano está residiendo indicando el nuevo destino de residencia, bien en España o en otra demarcación consular.

Certificado o Alta Consular

Ahora ya sabes

El certificado consular o matrícula consular es un trámite sencillo y fácil de hacer para los ciudadanos españoles que viven en el exterior. El tipo de residencia en el extranjero marcará la documentación que deben presentar y si deben realizar obligatoriamente o no el trámite. Es recomendable generar este documento para tener un apoyo del Estado Español en el país donde se haya establecido el ciudadano.