Ayuntamiento España > domicilio > Cambio de Domicilio: ¿Cómo hacerlo?

PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

Mudarse de domicilio es un proceso que implica varios trámites administrativos, y en España, no es la excepción. Aquí te explicamos detalladamente cómo realizar el cambio de domicilio, quiénes deben tramitarlo, los requisitos necesarios, el tiempo que lleva, los costos involucrados, la vigencia de este proceso y qué operaciones extras hay que realizar.

Cambio de domicilio

¿Quiénes deben tramitarlo?

El empadronamiento es obligatorio para todas las personas que cambian de residencia. Ya sea que la mudanza sea dentro del mismo municipio o a uno diferente, es vital actualizar la dirección oficialmente. Esto incluye a ciudadanos españoles, extranjeros con residencia legal y personas en situación irregular.

¿Cómo se hace el cambio de domicilio en España?

El cambio de domicilio en España se gestiona a través del empadronamiento. Este trámite consiste en registrar oficialmente la nueva residencia en el municipio donde se ha realizado la mudanza. Se puede realizar en el Ayuntamiento correspondiente o, en algunos casos, a través de la sede electrónica del municipio.

Presencialmente

Se puede realizar el cambio de manera presencial. Cada Ayuntamiento tiene sus propias reglas, por ejemplo en Madrid es necesario pedir una cita previa antes de asistir. Se recomienda revisar las consideraciones de cada municipio antes de realizar el trámite.

Es necesario seleccionar las opciones Padrón y en trámite o servicio Altas, Bajas y Cambio de domicilio en Padrón.

Virtualmente

También existe la posibilidad de realizar el trámite de manera virtual. A través del Portal de Comunicación de Cambio de Domicilio se puede oficializar el cambio de domicilio y el nuevo empadronamiento. En el mismo sitio se podrán comunicar a otros organismos de la Administración, como Dirección General de Tráfico, Agencia Tributaria y Seguridad Social entre otros, el cambio de domicilio, sin necesidad de asistir presencialmente.

Para realizarlo hay que seguir tres pasos:

  • 1. Ingresar a través del sistema el servicio de Identificación de Cl@ve.
  • 2. Seleccionar el municipio de residencia. Allí el sistema recuperará los datos de otras administraciones.
  • 3. Seleccionar los organismos a los que quiere comunicar el domicilio y firmar la solicitud.

Requisitos

Para llevar a cabo el cambio de domicilio, es necesario presentar algunos documentos básicos. Entre ellos, se encuentran el documento de identidad (DNI o NIE), el contrato de arrendamiento o la escritura de la vivienda, y el impreso oficial de empadronamiento debidamente cumplimentado. A continuación los requisitos y sus variables:

1. Solicitud de empadronamiento

Es necesario descargar la Hoja Padronal disponible en el apartado Modelos de formularios. Se debe rellenar con letra mayúscula con los datos de cada persona que se va a empadronar. Todas las personas mayores de edad deben firmar.

2. Documentos de identidad

El documento requerido dependerá según la nacionalidad de la persona solicitante.

  • Nacionalidad española: DNI o Pasaporte en vigor. Los menores de 14 años deberán presentar libro de familia o certificado de nacimiento originales.
  • Nacionalidad extranjera:
  • • Aquellos miembros de la UE, Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza deberán presentar NIE (Número de Identidad de Extranjero) y el pasaporte o a su documento nacional de identidad originales en vigor.
  • • Si no pertenecen a los países mencionados se debe entregar el permiso de residencia o el pasaporte.
  • • Resguardo de presentación de solicitud de protección internacional y documentos acreditativos de la condición de solicitante, en tramitación, de protección internacional (en caso que corresponda).

3. Documentos que acrediten la representación

Los padres o progenitores que mantienen la patria potestad y tienen la representación legal de sus hijos menores emancipados o no emancipados deberán presentar un documento que acredite esto.

En la mayoría de los casos bastará con el documento de identidad del menor y el Certificado de Nacimiento o libro de familia. Se recomienda consultar en cada Ayuntamiento.

4. Documentos que acrediten el uso de la vivienda

En todos los casos, excepto en el empadronamiento de menores no emancipados, es necesario presentar documentos que demuestren el uso de la vivienda. Estos deben contener la dirección y el nombre completo de al menos una persona que se empadronará.

Los documentos aceptados son:

  • Última factura de telefonía fija, internet, agua, luz o gas de una compañía suministradora. Se excluyen los recibos de pago.
  • Contrato de suministro de telefonía fija, internet, agua, luz o gas, válido si está firmado en el último año. Debe incluir el nombre completo del titular y la dirección de suministro coincidente con la dirección de empadronamiento.
  • Contrato de alquiler vigente con una duración mínima de seis meses, firmado por todas las partes. En caso de prórroga, se debe proporcionar el último recibo del alquiler, indicando la información del arrendador, arrendatario, mes de alquiler y dirección de la vivienda. Si el contrato está firmado electrónicamente, se debe adjuntar un justificante de pago.
  • Escritura, contrato de compraventa o nota simple del Registro de la Propiedad que sólo serán válidos si no hay personas empadronadas después de la fecha del documento.

Trámites extra

Aquellas personas que realicen el cambio de domicilio deberán realizar, además, los siguientes trámites:

  • Renovar el DNI por cambio de domicilio.
  • • Cambio de centro de salud por cambio de domicilio.
  • • Cambiar los datos del Carné de Conducir.
  • • Cambiar dirección en hacienda.
  • • Informar al banco.
  • • Cambio en los suministros.
  • • Algunos de estos cambios se pueden realizar directamente en el Sitio de Comunicación de cambio de domicilio.

Plazos y costos

Realizar el empadronamiento es gratis en España, es necesario seguir cada uno de los pasos mencionados. Las personas extranjeras no comunitarias que no tengan autorización de residencia permanente deberán renovar cada dos años la inscripción.Si no lo realizan se declarará la caducidad de la inscripción y la baja en padrón.

El plazo máximo para resolver el empadronamiento es de tres meses a partir de la solicitud, según lo establecido en el Artículo 21.3 de la Ley 39/2015.

Ahora ya sabe

Realizar el cambio de domicilio en España a través del empadronamiento es un paso esencial al realizar la mudanza. Al hacerlo, se realiza una contribución a tener un registro actualizado de la población en el municipio, lo que facilita la planificación de servicios públicos y la toma de decisiones a nivel local. Es responsabilidad de cada ciudadano mantener su empadronamiento al día, asegurándose de reflejar su residencia actual.